Fue condenando por ‘violador serial’. Dos camaristas quieren bajar la pena por “cruel e inhumana”
En el 2011 el TOC 16 de Capital Federal le impuso 50 años de prisión a un violador serial en una sentencia que incluyó el abuso de ocho mujeres atacadas durante el año 2009. El Lunes pasado, esa decisión fue confirmada por la Sala I de la Cámara de Casación Penal, pero con una importante salvedad que promete polémica o al menos futuros debates jurídicos.
Si bien los jueces Ana María Figueroa, Luis María Cabral y Juan Carlos Gemignani coincidieron en la calificación de los hechos y en la responsabilidad del acusado en todos los casos, dos camaristas consideraron que la pena de 50 años de prisión implicaba “un trato cruel e inhumano”, infringiendo pactos internacionales firmados por nuestro país.
Solo Gemignani sostuvo los 50 años. Los otros dos jueces, por mayoría, ordenaron que la causa vuelva al mismo tribunal oral que dictó sentencia para que fije un nuevo monto de pena.
‘Consideramos que este fallo tiene contradicciones y por eso nuestra idea es apelar a la Corte Suprema de la Nación’, dijo Deborah Huczek, abogada del Programa de Patrocinio de Querellas Para Víctimas de Delitos Graves (Propaque), quien representó a una de las jóvenes atacadas.
Fabricio Alberto Álvarez Albarracín, de 32 años, tenía siempre el mismo modus operandi: se movía en una moto tipo delivery, interceptaba a las mujeres cuando estaban por entrar a sus casas, por la noche, y las sometía a todo tipo de abusos.
Álvarez Albarracín estaba en libertad condicional (ya que pesaba contra él otra condena de 4 años de prisión) y, además, tenía causas anteriores sobre las que aún espera ser juzgado en debate oral. La condena que le impuso el TOC 16 en junio de 2011 fue apelada a Casación tanto por la defensa como por la Fiscalía que, en el caso del monto de la pena, coincidió con el planteo del abogado del imputado.
Ellos fundamentaron, entre otros conceptos, que una pena tan alta “ atentaba contra la finalidad resocializadora”. Por eso, consideraron que el máximo imponible de años sería de 30.
Por el contrario, los abogados de las víctimas, entre ellos los del Propaque, que en total asesoró a 4 de las 8 mujeres violadas, argumentaron que el monto de la pena era perfectamente legal y, por lo tanto, ésta debía ser confirmada por Casación.
Huczek, por ejemplo, planteó ante la Sala I que se trataba de una cuestión de género, en virtud de que Alvarez Albarracín seleccionaba a las víctimas por su sexo y la vulnerabilidad que presentaban al momento de los hechos. “Sostenemos que la pena de 50 años es constitucional, es legal y por eso reclamaremos a la Corte”, subrayó Huczek.
Fuente: www.paginasdeldelito.com.ar