A través de las Disposiciones 940/2022 y 941/2022 publicadas en fecha 24/05/2022 la Dirección Nacional de Migraciones estableció un REGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN para los ciudadanos extranjeros nacionales de SENEGAL y también de los países insulares que integran el CARICOM ( HAITI y otros), REPUBLICA DOMINICANA y CUBA, inclusive de aquellos con medidas a hacer abandono del país y/o expulsión y/o que hayan ingresado de manera irregular.
El Gobierno Argentino a través de la Dirección Nacional de Migraciones estableció un REGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN por 90 dias desde la entrada en vigencia de la medida ( es decir que este plazo especial vence el 24/08/2022).
El fundamento de esta medida guarda relación según el Gobierno en las resoluciones referidas con que “la inmensa mayoría de los nacionales de estos países opten por formalizar la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado ante la CONARE desnaturalizando con ello el estatuto de refugio con peticiones infundadas” como asi también con que “en los últimos años diversas organizaciones de la sociedad civil han requerido el inicio de un proceso de regularización migratoria para las nacionalidades referidas”.
Hace referencia esto último a la agrupación UNION DE TRABAJADORES DE LA ECONOMIA POPULAR ( UTEP) o CONFEDERACION DE TRABAJADORES DE LA ECONOMIA POPULAR ( CTEP) referenciada en el dirigente JUAN GRABOIS que fuera vinculada por una Fiscal porteña Celsa Ramírez con una supuesta asociación ilícita ligada a la venta callejera. (https://www.pagina12.com.ar/393194-la-version-portena-de-la-gestapo-macrista-persecucion-a-trab)
Lo concreto es que la vulnerabilidad de estos grupos de personas (principalmente la irregularidad migratoria , la falta de medios económicos y documentación) genera una predisposición mayor que otras personas a involucrarse en redes de la criminalidad organizada o un aprovechamiento de organizaciones que orillan con las mismas.
Es contundente lo referido por uno de ellos a la REVISA CITRICA “Con la lluvia, con el calor, con el frío no es fácil. Si estamos acá en la calle es que no tenemos otra manera. Busqué un trabajo. Como yo hay mucha gente que tiene su diploma, pero nadie nos llama para trabajar. Por eso estamos acá. No es que queremos ser manteros, si tuviéramos otra cosa nos iríamos a trabajar” (https://revistacitrica.com/senegaleses-de-once-solo-queremos-volver-a-trabajar.html).
Que el beneficio en relación a los nacionales de países caribeños alcanza a CUBANOS, DOMINICANOS y a todos los países integrantes de CARICOM ( Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Haití, Jamaica, Monserrat, Santa Lucía, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Surinam, y Trinidad y Tobago).
Hacemos notar que las colectividades referidas son pequeñas en nuestro país, por ejemplo de la comunidad Senegalesa la propia UTEP calcula entre 9.000 y 12.000 personas en todo el país, realmente muy pocas personas. (https://lanaciontrabajadora.com/ensayo/senegaleses/)
TRAMITE DE REGULARIZACION
A los fines de la regularización los nacionales de los países de referencia deberán presentar ante la Dirección Nacional de Migraciones la documentación siguiente:
• PASAPORTE o CERTIFICADO DE NACIONALIDAD
• CONSTANCIA DE INGRESO AL PAIS (o Declaración Jurada sobre el ingreso)
• Acreditar que reside en el país con anterioridad a la entrada en vigencia de este régimen ( por ejemplo expediente migratorio o ante el CONARE) . En el caso de haber tenido actuaciones ante el CONARE deberá desistir de su petición del status de REFUGIADO previamente.
• Certificado de carencia de antecedentes penales del país de origen
• Certificado de carencia de antecedentes penales en la argentina
• Certificado de domicilio
• Abonar tasa de radicación.
Por Juan Pablo Dietsch, abogado del Estudio jurídico INA