Los varados en el exterior son víctimas de una medida inconstitucional y arbitraria

Argentinos varados

La Decisión Administrativa 643 del Gobierno, que impuso el cierre de fronteras y estableció un cupo de ingreso de apenas 600 pasajeros por día, es inconstitucional y además se aplica de manera retroactiva, porque rige también para aquellos que decidieron irse al exterior bajo otras condiciones y que hoy están imposibilitados de regresar a su país.

A pesar de la posible flexibilización del cupo, debemos decir que ninguna ley, decreto u ordenanza puede violentar los derechos consagrados en la Constitución Nacional. Cualquier medida, por más carácter excepcional que se le otorgue en medio de una pandemia, no puede nunca violar esas garantías.

Así, vemos como el presidente Alberto Fernández no solamente avasalla a los derechos constitucionales de los habitantes del país por decreto, sino que ahora también delega esa potestad a sus ministros, ya que esta resolución fue dictada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la responsable de la cartera de Salud, Carla Vizzotti.

Es decir, que hoy cualquier funcionario público está en condiciones de legislar violentando nuestras libertades. A su vez, en este caso, se delega a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) la facultad de disponer de estos cupos de 600 pasajeros (o su versión ampliada, eventualmente). Así, vemos como está cada vez más vapuleada la jerarquización para disponer de los derechos constitucionales.

Entre las garantías que están siendo infringidas, podemos destacar las del Artículo 14 de la Carta Magna, que expresa que todos los habitantes pueden circular libremente por todo el territorio nacional, salir e ingresar al mismo. Esto también está ligado a otros derechos, como el de trabajar, realizar una actividad licita, reunirse, y tantos otros.

Por otro lado, esta resolución además es arbitraria, porque el Congreso está en pleno funcionamiento y ni siquiera se presentó un proyecto de ley para debatir esta decisión.

Asimismo, la Constitución establece lo que se conoce como principios de legalidad y de reserva. En cuanto al de legalidad, cabe destacar que todas las personas debemos conocer de antemano cualquier conducta que pueda estar reprimida o ser prohibida, y cuales son los castigos que atañe. Sin embargo, aquí se resolvió aplicar estas disposiciones de forma retroactiva.

Por otro lado, en lo que hace al principio de reserva, los ciudadanos nos consideramos libres de llevar a cabo todo aquello que esté conforme a nuestro plan de vida y que no esté reprimido por las normas. Y nada puede regularlo en tal medida que implique una restricción. Es decir, que toda regulación debe ser muy acotada.

En lo que ya son verdaderamente actos dignos de una monarquía, contrarios a un sistema democrático y liberal, son las mismas autoridades quienes pueden establecer las excepciones a las limitaciones que recientemente se dictaron. Se sabe que eso beneficia a los funcionarios y todos los que tienen afinidad con el poder.

También evalúo que esta decisión es antipatria, porque los integrantes del Gobierno se desinteresan de manera absoluta por los argentinos que están en el extranjero. No les importan las consecuencias que traiga para aquellos que salieron con un plan de viaje y que dispusieron de los recursos para determinada cantidad de días, y quizás deban hasta dormir en la calle porque ya no tienen el dinero suficiente para pagarse un alquiler.

Párrafo aparte merecen las supuestas declaraciones juradas que firman los argentinos y extranjeros cuando salen del país, haciéndose cargo de las decisiones que el Ejecutivo pueda tomar durante la emergencia sanitaria, con las que se justifica la Dirección Nacional de Migraciones.

En ese sentido, cabe resaltar que jamás desde el Estado se puede pensar que es válido hacerle firmar a cualquier persona una carta en blanco, dándole a los gobernantes un poder absoluto para tomar las determinaciones que quieran, sin importar que las mismas sean inconstitucionales en su propio perjuicio.

Para finalizar, es preciso recordar una frase del presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz, en la causa donde se debatía la presencialidad de las clases en las escuelas porteñas: “La emergencia no es una franquicia para ignorar el derecho vigente”.

Por Déborah Huczek, abogada especialista en derecho penal y migratorio

Fuente: https://norteenlinea.com/noticias/notas-de-opinion/los-varados-en-el-exterior-son-victimas-de-una-medida-inconstitucional

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