El Gobierno relanza los créditos a tasa cero para monotributistas

Monotributista

El Gobierno mediante DNU 512/2021 publicado el 13/08/2021 en el Boletín Oficial relanzó los créditos a tasa 0% para monotributistas, por un monto de hasta $150.000 dependiente de la categoría. Habrá un plazo de gracia de seis meses para empezar a pagarlo y se podrá financiar hasta en 12 cuotas.

Podrán solicitar este crédito quienes ya hayan recibido uno en el marco del programa similar que se implementó el año pasado, siempre y cuando no se encuentren en mora en el cumplimiento de sus obligaciones.

En cambio, los que recibieron un Crédito a Tasa Cero en el marco del Programa ATP y al momento de solicitar este nuevo financiamiento se encontrasen en mora en el cumplimiento del crédito 2020, “deberán destinar el monto del nuevo crédito a cancelar la totalidad del monto adeudado y podrán gozar libremente del saldo, si quedara remanente”.

El sistema informará el monto máximo del crédito que depende de categoría de monotributo al 30 de junio (antes de la recategorización)

  • Categoría “A”: hasta $90.000
  • Categoría “B”: hasta $120.000
  • Resto de las categorías: hasta $150.000

¿Desde cuándo se puede solicitar los créditos para monotributistas?

  • A partir de la última semana de agosto los y las monotributistas podrán solicitar los Créditos a Tasa Cero 2021 a través del sistema en la página web de la AFIP.
  • En la web de AFIP se deberá ingresar con clave fiscal y elegir el servicio “Crédito Tasa Cero”.
  • En la web se visualizará si el/la contribuyente califica para solicitarlo y el monto del crédito que le corresponde de acuerdo a su categoría. Deberá seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el trámite.
  • Quienes hayan accedido a un Crédito a Tasa Cero el año pasado podrán tramitar un nuevo préstamo en 2021. Cuando el solicitante se encuentre en situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito a cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.

Requisitos

  • estar adheridos al monotributo y cumplir las condiciones establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo
  • no percibir un ingreso en relación de dependencia, ni jubilación, y no prestar servicios al sector público (es decir, cuando al menos el 70% de su facturación fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público)
  • no estar en situación 3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del Banco Central
  • los beneficiarios no podrán acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera, ni canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

Restricciones para los beneficiarios del crédito

Hasta  la cancelación total de la financiación, los beneficiarios no podrán:

  • Acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos.
  • Concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

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