Confirmaron una pena de 50 años para un violador serial al que se la habían bajado a 37 por “cruel y degradante”

Lo confirmó la Cámara Nacional de Casación Penal para Fabricio Alberto Álvarez Albarracín, un violador acusado de haber abusado de ocho mujeres durante 2009.

La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó la pena de 50 años de prisión impuesta a un violador serial por haber abusado de ocho mujeres durante 2009 en distintos barrios de la Capital Federal, y desestimó un fallo anterior que le había reducido la condena a 37 años y medio por considerarla “cruel y degradante”.

La resolución fue dictada contra Fabricio Alberto Álvarez Albarracín (37) por la sala III del tribunal, integrada por Carlos Alberto Mahiques, Mario Magariños y Pablo Jantus, informó a Télam la abogada de las víctimas, Débora Huczek.

“Las víctimas, que padecieron una verdadera cacería humana y a quienes representé, se sienten aliviadas, emocionadas y agradecidas con la Justicia, luego de varios años de lucha. Trato inhumano y degradante es lo que ellas han padecido por este sujeto que tenía condenas anteriores y que gozaba de la libertad condicional”, sostuvo Huczek.

La abogada dijo que al comunicarles la decisión de la Justicia, las jóvenes “sintieron alivio y lloraron de la emoción porque siempre estuvieron muy atentas y concurrían a todas las audiencias que se hacían por el caso”.

Agregó que “este individuo ha demostrado que la pena no cumple en él ningún fin resocializador y por ello, por su desprecio a la ley, no es merecedor de vivir en libertad”.

En el fallo, los jueces mantuvieron la pena inicialmente impuesta por un tribunal oral al considerar que la condena debe ser equivalente y proporcional con el daño proferido y con la culpabilidad demostrada.

Además, analizaron que “no tiene un agravio actual que pueda plantear, ya que no es el momento para hacerlo, en virtud de que debería plantearlo cuando esté en condiciones legales de acceder a la libertad, situación que no se da en el caso”.

También consideraron que, llegado el caso, podría acceder a un indulto, si cumple con los requisitos, con lo cual las vías no están agotadas para el condenado y que la pena de prisión perpetua no es un trato “cruel e inhumano” porque la prisión es el eje central del derecho penal.

“La sanción corresponde al máximo legal que se puede aplicar, en virtud de la cantidad de delitos cometidos y no resulta desproporcionada, mucho menos injusta. La pena no tiene solamente como fin resocializar al individuo sino también castigarlo por lo hecho. La declaración de reincidencia es constitucional”, indicó el fallo.

Para Huczek, la sentencia ya está firme porque fue dictada por un tribunal oral, revisada por otro y luego confirmada por Casación, aunque el condenado podría intentar apelar a la Corte Suprema de Justicia.

El caso llegó a esta resolución luego de varias idas y vueltas: en agosto de 2011, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 16, integrado por María Cristina Bértola, Fernando Larraín y Liliana Barrionuevo, condenó a Albarracín en un juicio oral a 50 años por los ataques sufridos por ocho mujeres que no sólo fueron violadas sino víctimas de robo con armas, amenazas y privación ilegal de la libertad.

Además, lo declararon “reincidente” porque cuando cometió los hechos estaba en libertad condicional por una condena anterior por robo, lo que implica que podrá solicitar la libertad cuando cumpla 49 años y medio de cárcel, indicó Huckzek.

Según se ventiló en el juicio oral, en todos los casos el imputado utilizaba el mismo modus operandi: se movía en una moto que simulaba ser de un repartidor, interceptaba a las mujeres cuando estaban por entrar a sus casas por la noche, y luego abusaba de ellas.

Los hechos ocurrieron en los barrios porteños de Villa del Parque, Agronomía y Paternal.

En mayo de 2014, la sala I de Casación, con el voto de los jueces Luis Cabral y Ana María Figueroa, confirmó todo lo actuado en el debate, pero hizo lugar a un planteo de la defensa, que consideró “irrazonable” que Alvarez Albarracín estuviera 50 años preso y sostuvo que el Estatuto de Roma prevé para los delitos de lesa humanidad un máximo de 25 años.

Entonces, se dispuso que la causa volviera al TOC 16 para imponer una pena menor, ya que el estar tantos años detenido no se podía lograr una resocialización, debido a que recuperaría la libertad siendo anciano.

Los miembros del TOC 16 se inhibieron de seguir actuando por la “violencia moral” que les generó la decisión de la sala I y entonces fueron designados nuevos magistrados, Gustavo González Ferrari, Inés Cantisani y Alejandro Noceti Achaval, quienes dictaron otra vez una sentencia de 50 años contra el violador serial.

 

Fuente: www.telam.com.ar

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